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La participación en este concurso (el “Concurso) implica la aceptación plena e incondicional de las presentes bases (las “Bases”). El reconocimiento como participante válido, queda sujeto al cumplimiento de los requisitos establecidos en las mismas.

Bases del concurso “#OrgulloDKISS 2018”

Madrid, 1 de junio de 2018

  1.   Empresa organizadora del Concurso

El Concurso denominado “#OrgulloDKISS” (el “Concurso”) está promovido por RADIO BLANCA, S.A., con domicilio social en la calle Jose Isbert nº 8, 28223 de Pozuelo de Alarcón, con CIF: A-79126082, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid (Tomo 9531. Sección 3ª. Folio 7º. Hoja 88675) (en adelante “KISS”).

KISS se reserva el derecho de modificar y anular las presentes Bases, aplazar, repetir o dar por terminado el Concurso en cualquier momento, sin que los participantes puedan realizar reclamación alguna a KISS por ello.

  1.   Características y mecánica del Concurso

Las características específicas del Concurso son las siguientes:

2.1 Duración

El presente Concurso estará vigente desde el día 1 de junio hasta el día 13 de junio del año 2018.

2.2 Territorio:

El Concurso será válido para residentes en todo el territorio español.

2.3. Medio de Promoción: El Concurso se comunicará a través de las redes sociales del canal de televisión DKISS (el “Canal”), así como la página web del Canal (http://www.dkiss.es ) y en el propio Canal.

2.4. Premio:

El Jurado DKISS seleccionará de dos (2) a cinco (5) candidatos según su criterio. Estos candidatos serán convocados a la gala que se celebrará en Madrid en un día por determinar entre el 19 y el 21 de junio en el lugar y fecha confirmados al efecto, y entre dichos candidatos el Jurado de expertos establecido al efecto seleccionará un ganador final.

El Premio, para el participante que resulte ganador (1) consiste en aparecer en la campaña de promoción del Orgullo que se realizará para promocionar el Orgullo gay de Madrid 2018 en el Canal y asistir como madrina de la carroza del Canal durante el Desfile del orgullo celebrado el 7 de julio de 2018 en Madrid.

El Premio incluye solo lo detallado anteriormente, no asumiendo KISS ningún gasto en el cual pudiera incurrir el ganador por cualquier otro concepto como; a título enunciativo, pero no limitativo: desplazamiento hasta y desde la gala o el desfile, comidas, actividades, transporte, llamadas, propinas, compras o gasolina.

Resto de condiciones y requisitos del Premio serán detallados a los candidatos seleccionados para la gala y al ganador, estando sujeto y limitado el Premio a las mismas.

El Premio no podrá ser canjeado por su valor en metálico u otro premio distinto. Tampoco podrá ser cedido a personas diferentes del ganador o candidato correspondiente.

KISS se reserva el derecho a cambiar el carácter del premio en caso de que no sea posible, por motivos ajenos a la misma, la entrega del premio especificado en las presentes bases.

Para recibir el Premio el ganador deberá aceptarlo por escrito, mediante la firma de un documento en el que se detallaran las condiciones y requisitos de aceptación, y comprometerse a atender las peticiones de DKISS con respecto al shooting, gala, desfile y compromisos comerciales, o cualquier otro requerido por KISS en relación con la gala, el desfile y su promoción.

2.5. Mecánica del concurso

Para participar, las personas que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases, deberán:

  1. a)   Subir a su perfil de Instagram un vídeo utilizando el hashtag #DragParaDKISS en el que tendrá que mostrar sus mejores dotes para convertirse en la imagen del canal durante el Orgullo de 2018.El participante deberá citar el perfil del Canal y seguir a @DKissTV en Instagram.

Sólo se admitirá una (1) participación por persona (mismo nombre y/o mismo perfil de usuario en Instagram), en caso de varias participaciones solo se considerará la primera.

KISS se reserva el derecho de eliminar cualquier video publicado por los participantes que sea considerado de mal gusto (bajo el criterio subjetivo de KISS), sea ofensivo, atente contra derechos de terceros o no cumpla con los requisitos establecidos para participar en las presentes Bases.

El plazo de participación expirará a las 23.59 horas del 13 de junio de 2018.

Una vez finalizado el plazo de participación, un jurado compuesto por miembros de KISS (“el Jurado”) será el encargado de decidir los vídeos de los candidatos, declarando entre (2) y (5) finalistas que acudirán a la gala donde se elegirá un (1) ganador por el jurado correspondiente, bajo criterios subjetivos de originalidad, entre todos los que participen correctamente en el concurso durante el periodo de vigencia del mismo. El Jurado podrá estimar que no hay ninguna respuesta vencedora reservándose el uso del Premio en tal caso.

Una vez seleccionado el ganador KISS se pondrá en contacto con él a través de su perfil de Instagram para pedirle los siguientes datos personales (i) nombre y apellidos (ii) correo electrónico, (iii) teléfono de contacto y (iv) fecha de nacimiento.

KISS declara que Instagram no avala o patrocina en esta promoción

En el presente Concurso no podrán participar los empleados de KISS ni los influencers colaboradores de la acción.

Podrán participar en el presente concurso (i) aquellas personas físicas (ii) con un perfil de Instagram, (iii) que sean mayores de edad y (iv) que sean residentes en España. Los participantes que no cumplan todos los requisitos y condiciones que se detallan en las presentes Bases no tendrán derecho al Premio.

Con la participación en el Concurso, y por ende, con la aceptación por su parte de las presentes Bases, cada participante reconoce que es el autor del video con el que participa en el Concurso, que se trata de una obra original e inédita y que no infringe derechos de terceros, sea de la naturaleza que sean. A este respecto, cede a KISS los derechos de propiedad intelectual de reproducción y de comunicación pública en su modalidad de puesta a disposición del público, para que KISS pueda poner a disposición del público en sus medios (ya sean digitales o en papel), lo que incluye también el derecho de distribución del video con el que participa. Cediendo así mismo a KISS su imagen, gratuitamente sin limitación territorial y con la limitación temporal máxima establecida por Ley, y contando con la autorización para la cesión de imagen en favor de Kiss si en el video apareciese cualquier otra persona.

Los participantes en la presente promoción cederán a KISS la totalidad de los derechos derivados de la utilización de las obras, datos, opiniones, imágenes y/o voz que puedan realizarse dentro del marco de la presente promoción.

Todas las opiniones, obras, datos, imágenes y/o grabaciones de voz podrán ser utilizadas por KISS para la promoción de esta edición como para ediciones futuras. Podrán ser usadas en cualquier medio como televisión, marketing directo, Internet, Páginas Web, revistas, publireportajes, etc.

KISS no se responsabiliza de los posibles contenidos que los usuarios pudieran consignar en el video enviado, que tiendan a ser difamatorios, injuriosos, obscenos, amenazadores, xenófobos, que inciten a la violencia, sean discriminatorios o que de cualquier otra forma atenten contra la moral, el orden público, el honor, la intimidad o la imagen de terceros y todos aquellos que puedan causar rechazo social o sean ilegales, y procurará descartar aquellas respuestas que pudieran incurrir en ello.

El Jurado anunciará el ganador a través de las redes sociales y web de DKISS. El Jurado se pondrá en contacto con el ganador en un plazo máximo de setenta y dos (72) horas desde la finalización del concurso. A partir del momento en que KISS realice la comunicación del ganador, si este no ha mostrado respuesta expresa aceptando el Premio bajo las condiciones detalladas en las presentes Bases en un periodo máximo de veinticuatro (24) horas, automáticamente perderá el derecho al Premio y el Jurado se pondrá en contacto con aquel participante suplente que haya realizado el siguiente video considerado como ganador por orden de aparición en la lista de suplentes elaborada al efecto por el Jurado. Si dicho participante no ha mostrado respuesta en un periodo máximo de veinticuatro (24) horas, automáticamente perderá el derecho al Premio. Si el Jurado así lo estimase, el Premio podría quedar desierto. En cualquier caso, el fallo del Jurado será inapelable. En caso de renuncia deberá hacerlo vía correo electrónico para mayor seguridad.

  1.      Condiciones comunes en todas las Promociones de KISS

KISS se reserva el derecho de eliminar justificadamente a cualquier participante que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario del presente Concurso, incluyendo aquellos participantes de los que se sospeche que han alterado de cualquier modo los videos participantes.

La participación en el presente Concurso tendrá carácter gratuito, de manera tal que para participar en el mismo no es necesario el desembolso de cantidad dineraria alguna.

El Premio está sujeto, para su perceptor persona física, al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en concepto de ganancia patrimonial, a integrar en la base imponible general de dicho Impuesto según lo previsto en el artículo 48 de la Ley 35/2006 reguladora del mismo. RADIO BLANCA, S.A (”KISS”), que es quien entregará el Premio al ganador, realizará la retención sobre el valor del Premio (sujeto a variación) entregado previsto por Ley. Asimismo, KISS comunicará a Hacienda la cuantía del Premio. A estos efectos el ganador deberá firmar un documento de aceptación donde figure el Premio.

Si el ganador que opta al premio resultara no cumplir con los requisitos exigidos en las presentes bases, o los datos proporcionados para participar no fueran válidos o no diera los datos necesarios que le sean solicitados, entre los que podrá incluirse la copia de su DNI, no accederá al premio objeto de la presente promoción.

Durante el Concurso no se recogerán datos personales. No obstante, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos (LOPD) y su normativa de desarrollo, KISS informa a los participantes que el participante que resulte ganador deberá de proveer ciertos datos para poder disfrutar el Premio. Los datos personales que faciliten, serán utilizados exclusivamente para la identificación del ganador y la gestión del Premio, para lo cual el participante ganador acepta la posible cesión a terceros, eliminándose una vez gestionado el Premio correspondiente.

El participante da su consentimiento para la publicación de su video participante, así como de sus datos (nombre y apellidos) en la página Web y redes sociales de KISS y en el canal de televisión KISS, en el caso de que resulte ganador o suplente.

La identidad de los participantes y ganadores se acreditará exclusivamente por medio de documentos oficiales que tengan esos efectos.

En caso de que KISS tenga una sospecha razonable de que un participante a haya incurrido en fraude o deshonestidad, o no cumpliera los requisitos para concursar, podrá descalificarlo, negarse a abonar el Premio que le corresponda o reclamar todas las cantidades abonadas por el Premio.

El disfrute del Premio es a cuenta y riesgo del agraciado, sin que KISS, o el resto de las empresas participantes en el concurso, tengan responsabilidad alguna sobre ese uso, si bien se reserva las acciones para salvaguardar su buena imagen en el mercado.

KISS no será en ningún modo responsable de los incumplimientos o infracciones de ningún tipo relacionados con esta promoción, eximiéndose de cualquier tipo de responsabilidad por las posibles pérdidas sufridas por los participantes en relación con el Premio y demás aspectos e este concurso. Asimismo, KISS no tendrá ninguna responsabilidad sobre el ganador o su acompañante derivada de cualquier daño o perjuicio que estos pudieran sufrir durante o como consecuencia del viaje realizado.

El concurso se rige por la legislación vigente en España y por las presentes bases. Asimismo, para cuantas controversias puedan derivarse de la interpretación de las mismas, las partes se someten a la jurisdicción y fuero de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

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